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ESTATUTO constitutivo:

FUNDACION AMBIENTIS POR UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA:

(I.G.J. RESOLUCION 000316/90 exte. C.1.514.554 texto ordenado)

 

 

 

En la ciudad de Buenos Aires a los 30 días de agosto de 1989 los Sres.///….ARTICULO 1: DENOMINAICON: La Fundación se denominara “Fundación Ambientis por una mejor calidad de vida”. ARTICULO 2: DOMICILIO.  La Fundación fija su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, el que podrá cambiarse, y a su vez tener delegaciones y representaciones en otros puntos de la República. ARTÍCULO 3: DURACION: Su duración es de plazo indeterminado.-ARTÍCULO 4: OBJETO: La fundación tendrá por objeto: El estudio e investigación de temas relacionados con la preservación, conservación, conservación y defensa del medio ambiente y los recursos naturales y el entorno, tendientes a una mejor calidad de vida en función del aprovechamiento racional de los mismos. La promoción del mantenimiento de una adecuada interrelación entre los aspectos ecológicos, jurídicos, económicos y técnicos de un proyecto de modificación de la naturaleza y/o el ambiente: interaccion entre la necesidad de conservar un medio apropiado para la vida,  el ordenamiento jurídico en la especie, y el desarrollo de la economía de los marcos políticos institucionales. Propiciar  el crecimiento conjugado de distintas disciplinas en estudios multidisciplinarios frente a un problema común, que incluyan aspectos  ecológicos, jurídicos, administrativos y haciendo uso  de una ecología, derecho, administración y política ambientales adecuados a cada circunstancia respectivamente. La promoción y organización de estudios y programas interdisciplinarios que comprendan globalmente la tematica ambiental  o particularmente alguno de los aspectos, de análisis de ecosistemas naturales y artificiales y de investigación de las formas racionales de explotación de los recursos naturales conservando la potencialidad de los ecosistemas, evitando la contaminación del agua, el aire y el  suelo y mantenimiento el equilibrio ecológico.  El asesoramiento en Evaluación de Impacto Ambiental por alteraciones antropológicas u otras causas, tendiendo a aminorar efectos negativos directo o  indirectos; en estudios relativos a fauna y flora silvestres y su interrelación con el medio; en la implementación de indicadores de parámetros ecológicos  y en el monitoreo de su evolución para  la vigilancia de la calidad del aire, agua y suelo como reflejo  de la calidad de vida en la biosfera – tecnosfera. Llevar a cabo  actividades relacionadas con problemas de contaminación visual y sus derivados; promoción de reuniones tendientes a mantener las bellezas escénicas y a favorecer la adecuada interpretación de los ambientes naturales  y a mejorar el paisaje y los ambientes de trabajo, vivienda; organización de muestras de arte y de todo evento que tienda a elevar el goce estético de la población y de toda disciplina que tienda a mejorar evolución urbanística del medio. La promoción del desarrollo de soluciones a problemas  de contaminación acústica. La implementación de planes de Educación Ambiental, tendientes a la toma de conciencia de la problemática del medio ambiente en virtud de la necesidad de mejorar relación entre el hombre y su medio, a través de campañas de información  en escuelas, instituciones y entidades requirentes, y de divulgación científica y técnica en medios masivos de comunicación, gráficos – escritos, orales y/ o audiovisuales. Propiciar la participación ciudadana frente a los problemas ambientales. La promoción y organización de Congresos, cursos de Capacitación, Conferencias, Simposios, Jornadas, debates y todo otro encuentro  de actualización y reunión lícitas tendientes a la reflexión y al estudio de temas ambientales y a su racional aprovechamiento. Participar de reuniones científico técnicas, organizadas por otras instituciones, enviando sus representantes a las mismas. El asesoramiento técnico a las entidades estatales, nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones legislativas (Honorable Concejo Deliberante Municipal, Honorable Congreso de la Nación, Legislaturas Provinciales, Tribunales de Justicia, establecimientos de enseñanza primaria, secundaria y terciaria y demás entidades oficiales  y privadas, requirentes de estos servicios.--------------------ARTÍCULO 5: CAPACIDAD JURIDICA:  Tendrá plena capacidad jurídica  para adquirir derechos y contraer obligaciones vender bienes de  cualquier naturaleza, muebles, inmuebles, derechos, semovientes, títulos públicos y acciones por cualquier causa o titulo autorizado por Ley y celebrar  toda clase de actos y de contratos que a juicio de las autoridades tengan relación directa o indirecta con su objeto.-------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO 6: PATRIMONIO: Está compuesto por el aporte en dinero de sus fundadores, bienes muebles, a) por el aporte de fondos que se reciban en calidad de subsidios legados o donaciones cuando las condiciones impuestas se conformen al objeto e intereses de la Fundación. b) Rentas e intereses de sus bienes. c) aportes de todas aquellas personas que deseen cooperar con los objetivos de la institución. d)las adhesiones, contribuciones, aportes y derechos que devenguen las distintas actividades que desarrolle la fundación, en busca del objetivo fijado.--------------------------------------------------------------------------------------------------------e) Todo derecho o bienes que por cualquier concepto ingresen por  tesorería.----------------------f)Toda otra fuente ilícita de recurso acorde al carácter y objeto de la entidad  y que se percibieran por asesoramiento.--------------------------------------------------------------------------------- ARTÍCULO 7: COOPERACION DE TERCEROS: Todas aquellas personas físicas o entidades que deseen participar y colaborar en miras al propósito fundacional, podrán ser reconocidos  por El Consejo de Administración  a cuyo fin se les extenderá certificado en calidad de : CONSULTORES: Se distingue así aquellas persona físicas que por su apoyo cultural, profesión, intelectual o científico contribuyan a la realización del fin fundacional. BENEFACTORES: Son aquellas personas físicas o jurídicas que contribuyan con apoyo dinerario o de otra especie de orden material. ADHERENTES: Son aquellas personas físicas o jurídicas que mediante una contribución periódica de orden económica puede acceder a los servicios que brinde la Fundación, para su formación cultural o profesional. HONORARIOS: Se trata de las personas físicas que presten colaboración personal como donación o liberalidad. AUSPICIANTES: Personas físicas o jurídicas cuyo aporte moral (adhesiones, etc.) sea prestado para programas o eventos determinados.--------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

 Jornada de Integración del Proyecto de Extensión Observatorio de los graduados del Centro Regional Campana:

Graduados y estudiantes: experiencias, cuestiones e inquietudes.
El presente y el futuro se encuentran:
-Apertura de la Jornada por la Directora del Proyecto de Extensión Dra. Beatriz Goldwaser, por la Coordinadora del espacio de Información Ambiental Lic. Cecilia María Chiasso y por el Presidente de la Fundación Ambientis Lic. Alberto N. Virdó.
-Presentación del Proyecto de Extensión: Mg. Gladys Beier y Lic. Cecilia M. Chiasso
-Presentación de la Fundación Ambientis: Lic. Alberto N. Virdó.
-Exposición de los graduados: Lic. Carolina Leiva
                                                 Lic. Mariana Méndez 
                                                 Lic. Silvana Tommasi
                                                  Lic. Ana Laura Grassi
-Intercambio de ideas, preguntas y debate caduados asistentes.
 
-Break
 
-Caminata guiada por el predio de la Fundación Ambientis.
 
-Cierre de la Jornada y entrega de Certificados.
 
DESTINATARIOS:
Estudiantes y graduados de las carreras: Lic. en Información Ambiental, Lic. en Comercio Internacional, Lic. en Administración, Lic. en Trabajo Social y Contador Público del CR Campana de la UNLu.
 
LUGAR DE REALIZACIÓN:
En el predio de la sede Loma Verde de la Fundación Ambientis, sita en la  calle Oldman 2100, Ruta Nacional N° 9 km 56,5, Escobar, Provincia de Buenos Aires,
 
INSUMOS E INFRAESTRUCTURA
-La infraestructura es dispuesta por la Fundación Ambientis.
–Los certificados serán emitidos por el Departamento de Ciencias Sociales de la UNLu.
-Transporte provisto por la UNLu: 2 combies desde el CR Campana (12 hs.) hacia Escobar (Fundación Ambientis) y regreso desde Escobar (18 hs.) hasta el CR Campana.
Organizadores:
Beatriz Goldwaser, Cecilia Chiasso, Gladys Beier, Gisella Vargas - GIEIC – Depto. Ciencias Sociales – UNLu
Fundación Ambientis: Lic. Alberto Virdó (Presidente)               

 

Organizadores:

Beatriz Goldwaser, Cecilia Chiasso, Gladys Beier, Gisella Vargas - GIEIC – Depto. Ciencias Sociales – UNLu

Fundación Ambientis: Lic. Alberto Virdó (Presidente)      

 

Caminata guiada por el

predio de la Fundación

Ambientis.

 

DESTINATARIOS:

 

Estudiantes y graduados de las carreras: Lic. en Información Ambiental, Lic. en Comercio Internacional, Lic. en Administración, Lic. en Trabajo Social y Contador Público del CR Campana de la UNLu. .

La Fundación Ambientis por una mejor calidad de vida, I.G.J. Nº 0316/90

Agradece a los integrantes del Consejo de Administración,  Profesionales, voluntarios /socios adherentes su activa participación, con la Mision Institucional.

 

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